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Caso administrador municipal de San Felipe: Municipio hace inusual interpretación a sentencia y Ministro Vocero de la Corte ratifica que se debe dar validez a remoción de Patricio González del cargo

Caso administrador municipal de San Felipe: Municipio hace inusual interpretación a sentencia y Ministro Vocero de la Corte ratifica que se debe dar validez a remoción de Patricio González del cargo

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El Ministro Vocero de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Raúl Mera, entrega detalles del cumplimiento del fallo de la Corte Suprema que se debe hacer en el caso del administrador municipal de San Felipe.

Caso administrador municipal de San Felipe: Municipio hace inusual interpretación a sentencia y Ministro Vocero de la Corte ratifica que se debe dar validez a remoción de Patricio González del cargo
Miércoles 20 de mayo de 2020 18:49
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Una serie de reacciones por parte del equipo jurídico de la Municipalidad de San Felipe encabezado por el abogado asesor de esa entidad edilicia Mauricio Mass tras la publicación de este martes de Puranoticia.cl en donde se daba a conocer el "Ultimátum" que la Corte de Valparaíso le daba al alcalde Patricio Freire y por ende al Municipio para hacer efectiva una sentencia que tenía como resultado remover al actual administrador municipal Patricio Gonzalez.

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VERSIÓN MUNICIPAL

A través de una declaración pública que llegó a la redacción de Puranoticia.cl a horas de ser publicada la información por nuestro medio, Mauricio Mass, asesor jurídico de la Municipalidad de San Felipe, señaló que, con relación al pronunciamiento de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en que se ofició para que tanto la Contraloría Regional como la Municipalidad de San Felipe informen sobre el cumplimiento de la sentencia del recurso sobre la destitución del administrador municipal, declara que:

- La Corte Suprema sólo dispuso dejar sin efecto el dictamen N º 6.355, con fecha 13 de junio de 2018 de la Contraloría Regional de Valparaíso; sin que se ordene alguna acción concreta a realizar por parte del municipio.

- Se reitera que no es efectivo que se tenga que dar cumplimiento a un elemento en particular porque no está estipulado así. Lo que existe es un plazo para responder, pero no hay ninguna instrucción específica sobre otra obligación que pudiera aparecer en dicho documento.

- La sentencia de la Corte Suprema, en ninguna parte establece que debe procederse por parte de la Municipalidad de San Felipe a la destitución del Administrador Municipal, sino que se deja sin efecto un dictamen de la Contraloría Regional de Valparaíso, ante esto, no cabe otra acción porque no viene ninguna obligación en particular y no cabe la figura de desacato.

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MINISTRO VOCERO DE LA CORTE DE APELACIONES RATIFICA QUE SE DEBE DAR VALIDEZ A LA REMOCIÓN DEL CARGO DEL ADMINISTRADOR

Tras la respuesta entregada por el asesor jurídico del Municipio, Puranoticia.cl se comunicó con el Ministro Vocero de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Raúl Mera, para que nos hiciera una contextualización y un recorrido de este caso en donde los concejales de la comuna de San Felipe hace ya dos años votaron por la remoción del cargo del administrador municipal que desde entonces y hasta ahora sigue cumpliendo funciones en la Municipalidad.

"La situación por la que se me consulta se refiere a dos recursos de protección interpuestos sucesivamente ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, se refieren estos recursos al siguiente hecho: El concejo municipal de San Felipe acordó por un quórum que es de dos tercios de sus integrantes, de los concejales, remover al administrador municipal de la Municipalidad de San Felipe. La Contraloría General de la República mediante un dictamen estimó que no cabía hacer efectiva esa remoción porque no se había alcanzado el quórum puesto que estimó que ese quórum debía incluir no solo a los concejales, sino también al alcalde, es decir el concejo municipal incluido el alcalde debía concurrir con sus dos tercios de los votos para la remoción y en esa circunstancia no se había obtenido ese quórum".

El relato del Ministro Vocero de la Corte de Apelaciones de Valparaíso continua diciendo que "Mediante un recurso de protección finalmente la Corte Suprema acogió la acción, dejó sin efecto el dictamen de Contraloría y estableció que una cosa es la remoción que puede determinar el alcalde y otra cosa porque así lo divide la ley es la remoción del administrador municipal que puede acordar el concejo municipal que requiere dos tercios de los concejales y por lo tanto en esos dos tercios no tiene que estar incluido el alcalde, solo los concejales".

"Y considerada así la cuestión, efectivamente se había alcanzado ese quórum y por lo tanto sí quedaba destituido, removido, el administrador municipal y dejó por lo tanto sin efecto el dictamen de Contraloría".

"Posteriormente se interpone por el mismo recurrente, que es un concejal (Beals) que había sostenido esta remoción, se presenta un segundo recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso denunciando que no se había cumplido lo resuelto en aquella primera sentencia por la Corte Suprema. Y que por lo tanto no se había procedido realmente a la remoción del administrador".

"Este segundo recurso de protección fue declarado inadmisible por la Corte de Apelaciones de Valparaíso por estimar que no puede iniciarse una segunda acción para perseguir el cumplimiento de la primera, sino que en esa misma primera acción, en el mismo primer recurso de protección donde corresponde ejecutar y hacer cumplir lo resuelto, no en una segunda actuación. No hay que iniciar un segundo recurso de protección, eso no es admisible".

"Eso fue apelado por el recurrente y fue confirmado por la Corte Suprema que de manera expresa indicó que la Corte de Valparaíso debía asegurarse del cumplimiento de la primera sentencia y ejercer para ello las facultades que otorga la ley y el auto acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo de los recursos de protección".

"En virtud de esa nueva sentencia, esto fue en abril del 2020, que se resolvió por la Corte Suprema confirmando la inadmisibilidad del segundo recurso y disponiendo que se ejecutará, se cumpliera el primero".

"Ante esto, la Corte de Apelaciones de Valparaíso dispuso con fecha 14 de mayo del año en curso oficiar tanto a la Contraloría como a la Municipalidad de San Felipe para que informaran sí se estaba cumpliendo y de qué manera se había dado cumplimiento efectivo a aquella sentencia de la Corte Suprema que validaba la remoción del administrador municipal acordada por el concejo de la Municipalidad de San Felipe" finaliza diciendo a Puranoticia.cl el Ministro Vocero de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Raúl Mera.

¿ DUDAS RESUELTAS Ó MAS TIEMPO PARA RESPONDER ?

Con las dudas resueltas, es decir que se entiende que efectivamente la Municipalidad de San Felipe debe dar cumplimento a la remoción del administrador Patricio Gonzalez así como lo valida la sentencia de la Corte Suprema y solicita justamente que tanto la entidad edilicia como la Contraloría deben informar como se ha dado cumplimiento a esto, situación que según pudimos constatar hasta este lunes 19 de mayo no se había cumplido.

No obstante a aquello, Puranoticia.cl también pudo constatar que el Municipio respondió por el mismo asesor jurídico, Mauricio Mass, ante el requerimiento de la Corte señalando que necesitaba de más plazo para responder debido a la contingencia que se estaba viviendo por el Coronavirus y que los antecedentes para dar respuesta de lo solicitado por la Corte debían ser pesquisados en los sistemas de manejo y gestión de documentación e información interna.

Lo concreto es que por ahora, el Municipio y su equipo jurídico no reconoce que debe ser removido del cargo Patricio Gonzalez, mientras que la Corte de Apelaciones ratificó la remoción del mismo y ahora espera la respuesta de como efectivamente eso se ha cumplido.

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