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Gobierno no aplica sanciones a sumariados funcionarios de primera línea en la región de Valparaíso

Gobierno no aplica sanciones a sumariados funcionarios de primera línea en la región de Valparaíso

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La Gobernadora de Valparaíso María de los Ángeles de la Paz y el Director del Serviu Tomás Ochoa tienen sanciones en sumarios administrativos en cargos anteriores que no han sido aplicadas.

Gobierno no aplica sanciones a sumariados funcionarios de primera línea en la región de Valparaíso
Viernes 18 de enero de 2019 13:40
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Al menos dos casos de figuras de primera línea del Gobierno de Sebastián Piñera en la Región de Valparaíso aparecen con sumarios administrativos cuya sanción no se ha cumplido, en este caso afectan a la Gobernadora de Valparaíso, María de los Ángeles de la Paz, y al recién asumido Director del Serviu de la Región, Tomás Ochoa Capelli.

SUMARIO A LA GOBERNADORA

María de los Ángeles de la Paz asumió el cargo de Gobernadora tras el nombramiento de Sebastián Piñera el mismo 11 de marzo del 2018, pero exactamente dos meses antes, el 12 de enero del 2018 ella fue sancionada en un sumario administrativo de la Municipalidad de Valparaíso a la suspensión del cargo por dos meses, con un goce de un cincuenta por ciento de sus remuneraciones.

El sumario en cuestión tuvo como objetivo investigar la responsabilidad administrativa de la entonces funcionaria de la Municipalidad de Valparaíso en lo que pudiere corresponderle a la contratación de servicios en el marco del proceso de reconstrucción que vivió la ciudad Puerto, después de los desastrosos incendios que arrasaron con cientos de viviendas en los cerros de la ciudad.

María de los Ángeles de la Paz era la Delegada Municipal del mega incendio del año 2014 y la sanción interpuesta fue, por que a juicio de la Contraloría Interna del Municipio requirió en forma directa la contratación de un servicio, omitiéndose al procedimiento conforme a la ley 19.886 y su reglamento, en el fondo hizo una asignación directa cuando debió haber licitado.

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Consultada la actual Gobernadora de Valparaíso, reconoce este tema y la existencia de este sumario y dice que "data de mi relación laboral con el municipio de Valparaíso hace unos años atrás, en mi posición de Delegada por la Reconstrucción, y se encuentra cerrado, no pendiente, por lo que es un proceso ya concluido antes que yo asumiera el cargo de la Gobernación".

Agrega además que "se refiere a un proyecto que fue efectivamente ejecutado, y que desde la Contraloría interna municipal fue validado en dos aspectos fundamentales. Certeza que se prestaron los servicios, hay documentos y registros que dieron cuenta de eso. Y que ejecutado se instruye sumario para poder proceder al pago".

La actual Gobernadora de Valparaíso explica porque tuvo que desarrollar una asignación directa y esgrime que "se decidió hacer un trato directo por la situación de emergencia de los damnificados, con más de 12.000 familias con una empresa que ya había ejecutado este tipo de proyectos durante el proceso de la reconstrucción tras el mega incendio ocurrido en Valparaíso el 2014, por lo que era una empresa conocida por la misma comunidad afectada por esta tragedia".

"A veces la premura por atender situaciones de emergencia deriva en decisiones que, como en este caso, quizás no se ajustaron en su totalidad a los protocolos. Absolutamente de buena fe, y fue una conducta involuntaria de error meramente administrativo."

María de los Ángeles de la Paz además aclara, "pero acá no hay ninguna vinculación con la empresa y tampoco se trata de una empresa cuestionada. Es más, ya había prestado servicios en esta emergencia, sin presentar ningún tipo de cuestionamientos por sus obras, por lo era de confianza de la misma comunidad afectada por el incendio".

Consultada sobre la sanción de suspensión del empleo por dos meses, con goce de un cincuenta por ciento de sus remuneraciones por la cual fue sancionada en este sumario administrativo, la actual Gobernadora dice que "finalmente respecto a la sanción es suspensión del cargo por dos meses ó una multa. Una cosa u otra de la cual fui notificada cuando ya no era funcionaria municipal desvinculada. Muy importante señalar que el fundamento legal sancionatorio fue de aplicación de ley orgánica municipal estatuto jurídico distinto a la calidad que ocupó en interior" dice la Gobernadora, agregando que "en todo caso de otra manera solo fue una multa o suspensión y no inhabilitación de un cargo público".

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CASO DE TOMAS OCHOA

Un caso de similares características y también realizado en su paso por el Municipio de Valparaíso es el sumario que sigue sin sanción que afecta a Tomás Ochoa Capelli, recién asumido en el cargo de Director Regional del Serviu, cuya responsabilidad es manejar la cartera presupuestaria más grande de la Región.

Ochoa en su paso por Valparaíso, fue objeto de un sumario administrativo por no solicitar los recursos para pagarle un bono a los trabajadores de una empresa contratista, en dicho proceso se le impuso la sanción de suspensión por tres meses del cargo y multa del 50% en el goce de las remuneraciones, según consta en decreto alcaldicio Nº 1.674, del 2017, sanción que no cumplió porque renunció a su cargo de Secpla de la Municipalidad de Valparaíso y se fue a la Secpla de la Municipalidad de Viña, eludiendo así su responsabilidad administrativa y ahora renunciando a la ciudad jardín y asumiendo en la Dirección Regional del Serviu.

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Tomás Ochoa se refirió con Puranoticia.cl a este punto en especifico del sumario en cuestión y a la sanción impuesta en una pasada entrevista con nuestro medio a semanas de ser nombrado en la testera del Serviu Valparaíso.

En aquella ocasión, Ochoa dijo que "Me piden que solicite recursos y autorice el pago de un bono a algunos trabajadores", ante esto Ochoa cuenta que regula tras ver el listado de personas que integran aquella lista, sospecha que no correspondía y sobre todo que habían situaciones, por decir lo menos, raras.

"Las personas que solicitaban el bono eran trabajadores de un contrato de provisión de mano de obra que prestaban servicios en diferentes departamentos del municipio de Valparaíso y pretendían que se les pagara un bono que es exclusivo para personal de aseo , el que transfiere la Subdere a los municipios , previa postulación y solo para trabajadores del servicio de aseo domiciliario. En circunstancias que la mayoría de ellos no eran trabajadores que se desempeñaran en el servicio de aseo domiciliario".

Otro punto que recalca Ochoa es que "por otra parte al Director de la Secpla no le corresponde hacer esa postulación ó requerimiento de recursos, ya que el personal de aseo , como el servicio mismo de aseo domiciliario depende de otra unidad que es la Dirección de Operaciones y Servicios" y de hecho recuerda que en años anteriores a él no se lo habían pedido y tampoco nadie había informado de aquel contrato, por lo que le pareció extraño, primero que se lo pidieran a él como Secpla habiendo una área de Aseo y segundo que hiciera algo cuyo procedimiento en años anteriores cuando se había pagado el mismo bono, no se había hecho, Tómas dice "era rara la figura... y cuando las cosas son raras, prefiero abstenerme".

En este listado de personas solo debían haber personas que trabajaran en el aseo domiciliario, "al preguntar directamente a quien me solicito hacer esta gestión sí efectivamente correspondían solo ha personas de aseo, nunca tuve una respuesta acorde, por lo mismo, no solicite los recursos ni ordene que se pagara y por eso me sancionaron".

Tras la derrota de Jorge Castro, Ochoa renuncia al Municipio porteño e ingresa a trabajar con Reginato en Viña del Mar, estando ya en la ciudad jardín y habiendo asumido Jorge Sharp en las huestes de Valparaíso le es informado que tiene una acusación y un sumario en su contra por este tema del "bono".

LEE TAMBIÉN: Entrevista a Tomás Ochoa en donde se refiere en profundidad a este sumario

Cabe consignar que la sanción que se le aplicó a Ochoa por este sumario de la Municipalidad de Valparaíso en donde él dice además que no tuvo oportunidad de defenderse de manera acorde, fue de suspensión por tres meses de su cargo y una multa del 50% en el goce de las remuneraciones, la cual nunca se cumplió.

No obstante sobre el cumplimiento de la sanción Ochoa plantea que este tema para él se cerró en el momento que salió de Valparaíso y renunció al cargo, "el mismo estatuto administrativo establece que sí el funcionario renunció al cargo, la responsabilidad administrativa se extingue".

LA JURISPRUDENCIA EN CONTRALORIA

Si bien tanto María de los Ángeles de la Paz, Gobernadora de Valparaíso y Tomás Ochoa Capelli, Director del Serviu Valparaíso, reconocen ambos de la existencia de estos sumarios con Puranoticia.cl y que además reconocen que las sanciones no fueron aplicadas, también manejan una tesis que "no deberían cumplirlas" debido a que la responsabilidad administrativa se extingue ó bien que la ley que rige a las municipalidades es distinta a la del Ministerio del Interior como dio a entender la actual Gobernadora.

Sin embargo existen otros casos similares en Contraloría, en cargos menores, pero cuya situaciones son muy parecidas, por no decir idénticas, en donde efectivamente las sanciones administrativas de un organismo tuvieron que hacerse cumplir por otro totalmente distinto.

Uno de esos casos, por nombrar uno como ejemplo, es un dictamen de la Contraloría que analiza el caso de un funcionario púbico que fue sancionado con un sumario de iguales características que los planteados en esta nota en el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y que luego al ser contratado por la Universidad de Valparaíso tuvo que cumplir tal sanción.

LEE AQUÍ DICTAMEN CONTRALORÍA

En tal dictamen se explica un punto no menor que dice el Estatuto Administrativo. La letra d) del artículo 157 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, dispone que la responsabilidad administrativa se extingue por la prescripción de la acción disciplinaria, lo que ocurre, de acuerdo con lo previsto en su artículo 158, luego de cuatro años contados desde el día en que el funcionario incurrió en la acción u omisión que le da origen.

Cabe consignar que el sumario y sanción a María de los Ángeles de la Paz está con fecha 12 de enero del 2018 y el de Tomás Ochoa Capelli con fecha 29 de diciembre del 2017, en ningún caso ninguno de los dos cumple los cuatro años.

Un segundo dictamen de Contraloría revisa también un caso de similares características ocurridos en Recoleta en donde el ente revisor aplica las sanciones de sumarios anteriores.

LEE AQUÍ SEGUNDO DICTAMEN DE CONTRALORÍA

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QUIEN DEBERÍA HACER CUMPLIR LAS SANCIONES

Consultadas distintas fuentes al interior de la Contraloría en Valparaíso y en Santiago, nos cuentan que en principio el órgano no tiene como saber sí las sanciones fueron aplicadas o no, para la Contraloría se entiende que la medida esta aplicada y no tendrían como saber que no está materializada la sanción.

Sobre quien debería hacer cumplir la sanción a la Gobernadora de Valparaíso de la suspensión de su cargo por dos meses con goce de sueldo del 50%, es directamente su actual jefe, es decir el Presidente de la República por intermedio del Ministerio del Interior, el Ministro Andrés Chadwick.

Por su parte quien debería hacer cumplir la sanción al actual Director del Serviu , que es la suspensión del cargo por tres meses y una multa del 50% de sus remuneraciones, es el Ministro de la Vivienda Cristian Monckeberg.

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