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Estos son los antecedentes que ponen entre la espada y la pared a ENAP: Al menos 7 infracciones cometidas en Quintero

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Superintendencia reabre investigación y reformula cargos contra ENAP tras graves hechos detectados en estudio en Quintero

Estos son los antecedentes que ponen entre la espada y la pared a ENAP: Al menos 7 infracciones cometidas en Quintero
Jueves 24 de septiembre de 2020 19:49
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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) reabrió una investigación y reformuló cargos contra la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) por siete infracciones cometidas por el Terminal Marítimo de Quintero, dos de ellas calificadas como gravísimas

La reapertura del caso, explicó la SMA, obedece no sólo a nuevos antecedentes obtenidos mediante fiscalizaciones al titular del proyecto y requerimientos de información a la empresa, sino que también a dos estudios solicitados a la Pontificia Universidad Católica (PUC): uno toxicológico y otro sobre calidad del aire.

Este último analizó como nueva arista investigativa las acciones realizadas por la empresa durante la descarga, almacenamiento y posterior drenaje de crudo iraní, hechos que se vinculan a la emergencia ambiental ocurrida entre agosto y septiembre de 2018, en las comunas de Quintero y Puchuncaví.

Según explicó el superintendente Cristóbal De La Maza, el informe toxicológico permitió establecer que los síntomas observados durante la emergencia pueden asociarse a distintos compuestos presentes en el terminal marítimo.

En tanto, el segundo estudio vinculó el tratamiento que recibió el crudo iraní en el mismo lugar, mediante la adición de un secuestrante en base a formaldehído y posterior drenaje de este crudo, con la exposición de la población a niveles de contaminación considerados riesgosos.

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"Se infringió el deber de facilitar la fiscalización ambiental al no informar estas acciones durante nuestras inspecciones. La Ley Orgánica de la SMA es muy exigente en esta materia y establece la obligación de colaborar activamente con la investigación", aseveró De La Maza.

En cuanto a la reformulación de cargos, el principal y clasificado como "gravísimo" corresponde a la elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), por la aplicación de formaldehído como secuestrante y posterior drenaje de aguas oleosas en el terminal de Quintero con este compuesto, sin autorización ambiental.

En tal caso, el Reglamento del SEIA establece que deben evaluarse ambientalmente, en forma previa a su ejecución, "acciones" como las realizadas que modificaron sustantivamente la "extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales" del proyecto.

SEGUNDO CARGO GRAVÍSIMO

A esto se añade un segundo cargo "gravísimo", por no informar sobre estas acciones durante las actividades de fiscalización realizadas por la SMA.

"Esta infracción se configuró ante la solicitud reiterada y obligatoria a ENAP de reportar actividades no rutinarias. El acceso a la información se omitió en inspecciones en terreno y se entregó información contradictoria sobre los estanques donde se almacenaba el crudo iraní y los tiempos de drenaje de éste", sostuvo el superintendente del Medio Ambiente.

Respecto a un cargo grave, -que se arrastra del procedimiento sancionatorio original-, ENAP utilizó el sistema de tratamiento en condiciones distintas a lo aprobado en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), en el marco de la mantención de los estanques T-5104 y T-5109.

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La falla en la mantención se tradujo en el vertimiento de fluidos con una caracterización distinta a la aprobada; eficiencia de remoción inferior a lo comprometido en la evaluación ambiental; vertimiento de un volumen de fluidos en contravención al diseño del sistema de tratamiento, mediante camiones de vacío; y vertimiento de fluidos en un lugar distinto al estanque de distribución, en el sistema de tratamiento del sector Remodelación.

EL CRUDO IRANÍ

La secuencia de hechos que derivaron en las infracciones ambientales por parte de la empresa se inició el 8 de agosto de 2018, cuando arribó desde la región del Biobío el buque «Cabo Victoria», con un cargamento de 81.468 m3 de crudo iraní, destinado al Terminal Marítimo Quintero. El crudo que se transportaba contenía una alta concentración de ácido sulfhídrico ( >9000 ppm), lo que lo convertía en un elemento altamente riesgoso.

Al descargar el combustible y antes de su almacenamiento en el Terminal de Quintero, ENAP aplicó 148.000 litros de secuestrante, que tiene como función neutralizar el ácido sulfhídrico y reducir su concentración a niveles menos peligrosos. El secuestrante aplicado tenía como base formaldehído, compuesto altamente volátil y soluble en agua (40% HCNO), el que correspondería a uno de los principales contaminantes identificados como causa de la emergencia.

Luego de la aplicación del secuestrante, la mezcla con este compuesto fue almacenada en los estanques T-5102, T-5108 y T-5111 del Terminal. La SMA, sólo tuvo conocimiento sobre la recepción, descarga, tratamiento y almacenamiento de este crudo en enero de 2019, tras requerir información a la empresa, ya que ésta no reportó todas estas actividades "no rutinarias" durante las fiscalizaciones efectuadas en terreno.

Los días 17 y 18 de agosto de 2018, ENAP inició las operaciones de drenaje, donde se recupera la lámina de crudo presente en la superficie de las aguas oleosas almacenadas en el estanque T-5111, en piscinas abiertas sin sistemas de control de emisiones atmosféricas.

Es en estas piscinas de separación –con el estándar del Instituto Americano del Petróleo (API)– donde se disponían estas aguas oleosas, que contendrían ácido sulfhídrico (H2S), benceno (C6H6) y formaldehído (HCHO), entre otros compuestos peligrosos.

Al tratarse de compuestos volátiles, éstos se convierten con facilidad en gases, generando emisiones evaporativas que se dispersaron hasta la bahía de Quintero y derivaron en la exposición de la población a concentraciones ambientales consideradas riesgosas, derivando en los efectos observados en la salud de la población.

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MALOS OLORES Y PRIMERAS CONSULTAS MÉDICAS

Desde el inicio de las faenas de drenaje, el 17 de agosto, el titular registró malos olores en sus instalaciones. El día 22 de agosto –cuando ya se contabilizaban cerca de 100 atenciones médicas– la SMA fiscalizó a ENAP.

Los funcionarios de dicha entidad fueron inducidos por personal de la empresa a fiscalizar dos estanques (T-5104 y T-5109) que no contenían crudo iraní y donde se realizaban maniobras irregulares de mantención. Cabe destacar que tampoco se reveló la presencia de aguas oleosas con las características antes mencionadas, ni se reportaron los eventos de olor antes detectados por los propios trabajadores del titular.

"La reformulación de cargos entrega nuevamente todos los derechos a ENAP para defenderse y presentar la información que estime pertinente. Esta dispondrá de un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PdC) y de 15 días hábiles para formular sus descargos respectivamente. Ambos, contados desde la notificación del presente acto administrativo", explicó De La Maza.

Respecto a las infracciones, ENAP podrá ser objeto de revocación de la RCA, clausura o multa de hasta 10.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) por cada infracción gravísima.

En relación con el cargo clasificado como "grave", la empresa podrá ser objeto de la revocación de su RCA, clausura o multa de hasta 5.000 UTA. Por último, en el caso de las infracciones "leves", el titular podrá ser objeto de amonestación por escrito o multa de 1 hasta 1.000 UTA, por cada infracción.

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ENAP CONDENA "CUARTA TESIS" EN SU CONTRA

Consultada al respecto por Puranoticia.cl, la Empresa Nacional del Petróleo señaló mediante una declaración que "sin duda nos sorprende la decisión de la Superintendencia del Medio Ambiente, luego de haber transcurrido más de 500 días desde el cierre de la investigación y de haber demostrado ENAP, de manera fehaciente, y con respaldo técnico de reputados expertos, que las infracciones que se le imputaron no han causado efecto alguno en la salud de la población".

"Hasta ahora, la SMA y otras autoridades han sostenido al menos tres tesis distintas para responsabilizar a ENAP y explicar cómo, supuestamente, habrían ocurrido los hechos. Con esta nueva decisión de reabrir la investigación, la SMA pretende sostener una cuarta tesis, con hechos potenciales y afirmaciones condicionales, sólo con la finalidad de intentar atribuir nuevamente la responsabilidad a ENAP, olvidando que los eventos de intoxicación sólo se detuvieron luego de la entrada en vigencia de los planes operacionales de reducción de emisiones aplicables a todas las empresas del complejo industrial", añadió la firma con presencia en la bahía de Quintero.

Por último, señalaron que "reiteramos nuestra convicción de que no tenemos responsabilidad alguna en los lamentables hechos ocurridos en Quintero y Puchuncaví, por lo cual nos encontramos evaluando el curso de acción para seguir defendiendo los intereses de ENAP".

SENADOR CHAHUÁN PIDE DETERMINAR RESPONSABILIDADES

Acerca de la reapertura de la investigación contra ENAP por infracciones registradas en Quintero y Puchuncaví, hechos detectados en estudios toxicológico y sobre calidad del aire, solicitados a la Pontificia Universidad Católica, el senador por la zona, Francisco Chahuán (RN), señaló que "valoramos la reapertura de la investigación que establecía que ENAP era responsable de la contaminación en Quintero y Puchuncaví".

"Esperamos que los nuevos informes (de calidad del aire y toxicológico) revelen que la empresa tuvo relación de causalidad en la emisión de contaminantes que causaron un duro golpe en dichas comunas", añadió el legislador oficialista.

De igual forma sostuvo que "apoyamos la reapertura de la investigación y esperamos que se determine a sus responsables. Una empresa que ha contaminado debe resarcir los daños provocados. Cuando se han cumplido casi dos años desde el logro de un fallo histórico de la Corte Suprema, esperamos que las medidas definidas se cumplan".

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