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Corte rechaza demanda contra Club Aéreo Naval de Concón por muerte de paracaidista

Corte rechaza demanda contra Club Aéreo Naval de Concón por muerte de paracaidista

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El máximo Tribunal rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que ratificó la resolución que desestimó la demanda.

Corte rechaza demanda contra Club Aéreo Naval de Concón por muerte de paracaidista
Lunes 6 de mayo de 2019 20:27
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La Corte Suprema confirmó el pasado jueves la sentencia que rechazó la demanda presentada en contra del Club Aéreo Naval, ubicado en Concón, región de Valparaíso, por el fallecimiento de una alumna de paracaidismo en salto realizado en septiembre de 2010.

En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que ratificó la resolución que desestimó la demanda.

Según el fallo, "queda en evidencia que, pese al esfuerzo argumentativo de la impugnante, su recurso no ha sido encaminado, como debió serlo, abarcando el basamento jurídico que en propiedad e ineludiblemente resultaba ser pertinente y de rigor. Esto es así puesto que la preceptiva legal citada en el motivo primero y que constituye, como se ha visto, aquella en que se asila la estructura normativa sobre la cual viene construido el alegato de casación de fondo, no es bastante para abordar el examen de la resolución de la controversia de la forma en que se hizo por los juzgadores, al no venir denunciada la conculcación de las normas decisoria litis fundamentales a la resolución de la materia discutida, esto es, los artículos 1489, 1545, 1546 y 1558 del Código Civil, que constituyen el fundamento jurídico de las acciones deducidas".

Además, se agrega que "esta Corte ha dicho que las normas infringidas en el fallo para que pueda prosperar un recurso de casación en el fondo han de ser tanto las que el fallador invocó en su sentencia para resolver la cuestión controvertida, como aquéllas que dejó de aplicar y que tienen el carácter de normas decisoria litis, puesto que en caso contrario esta Corte no podría dictar sentencia de reemplazo, dado el hecho que se trata de un recurso de derecho estricto".

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