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Corte de Valdivia ordena a Seremi de Salud no racionar elementos de protección

Corte de Valdivia ordena a Seremi de Salud no racionar elementos de protección

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En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada acogió la acción judicial deducida por la Asociación de Funcionarios de Salud Municipalizada de Valdivia.

Corte de Valdivia ordena a Seremi de Salud no racionar elementos de protección
Martes 19 de mayo de 2020 07:36
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La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Los Ríos, debido a que el protocolo sanitario implementado por la cartera restringe el uso de elemento de protección de los funcionarios de atención primaria sólo en casos confirmados de Covid-19.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada acogió la acción judicial deducida por la Asociación de Funcionarios de Salud Municipalizada de Valdivia, tras establecer que racionar los elementos de protección afecta el derecho a la integridad física y síquica de los recurrentes.

"Analizados los antecedentes acompañados, de acuerdo a las reglas de la sana crítica, se puede constatar la existencia de insumos de protección que han sido dispuestos por la autoridad pertinente, que en definitiva se ha optado por racionar", sostiene el fallo.

La resolución agrega que "lo expuesto precedentemente se ve ratificado en la praxis, toda vez que a nivel país se ha dispuesto, inclusive, como medida complementaria, el uso obligatorio de mascarilla, para todos los ciudadanos que se desplacen en cualquier medio de transporte público o privado remunerado, precisamente en aras de minimizar el riesgo de contagio, el cual, no cabe duda, se ve objetivamente incrementado al interior de un recinto asistencial".

Por lo mismo, se instruye a la autoridad administrativa con el propósito que "adopte o, en su caso, refuerce las medidas necesarias para un cumplido resguardo de la salud de los funcionarios de su servicio, debiendo al efecto establecer y/o adaptar protocolos de seguridad y disponer medidas de protección compatibles con el régimen especial derivado de la declaración de Pandemia Mundial Covid-19 actualmente vigente, sin perjuicio de aquellas que ya se encontraren en vigor".

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