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Corte de La Serena ordenó a Carabineros no usar perdigones ni gases tóxicos contra Bomberos

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También se ordenó a la institución abstenerse de utilizar armas letales contra personas que se manifiesten o protesten públicamente en forma pacífica.

Corte de La Serena ordenó a Carabineros no usar perdigones ni gases tóxicos contra Bomberos
Lunes 18 de noviembre de 2019 21:13
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La Corte de Apelaciones de La Serena acogió a trámite este lunes un recurso de protección presentado por la Superintendencia del Cuerpo de Bomberos de la ciudad en contra de Carabineros y del Ministerio del Interior.

Esto debido al uso de balines y gases lacrimógenos, por parte de la policía uniformada, en contra voluntarios y en las inmediaciones del cuartel general en la ciudad.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada dictó una orden de no innovar con el objetivo de resguardar las garantías constitucionales que podrían verse afectadas o amenazadas, en tanto se resuelve la acción constitucional de amparo.

De esta forma, la corte ordenó a Carabineros "abstenerse de utilizar armas letales como, asimismo, escopetas lanzadoras de balines o perdigones, o bien la utilización de gases tóxicos, respecto de Bomberos de La Serena, en especial respecto del Cuartel General ubicado en la intersección de las calles Avenida Francisco de Aguirre con Avenida Balmaceda, así como respecto de los integrantes de dicho cuerpo".

Además, la misma sala acogió a trámite el recurso de protección deducido contra Carabineros y el Ministerio del Interior, por el uso de balines y gases lacrimógenos en protestas y manifestaciones.

También se dictó una orden de no innovar "en cuanto se ordena a Carabineros abstenerse de utilizar armas letales como, asimismo, escopetas lanzadoras de balines o perdigones, o bien la utilización de gases tóxicos, respecto de aquellas personas que se manifiesten o protesten públicamente en forma pacífica".

Finalmente, el tribunal de alzada solicitó informe "al Ministerio del Interior representado por don Gonzalo Blumel Mac-Iver, otorgándose un plazo de ocho días para evacuarlo, debiendo adjuntar todos los antecedentes que obren en su poder".

PURANOTICIA

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