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Fiscalía Nacional Económica pidió a la Corte Suprema mantener sentencia por colusión de suero fisiológico

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Tribunal de la Libre Competencia acogió íntegramente la acusación formulada en julio del 2017 por la FNE e impuso a cada empresa una multa de $120 millones,

Fiscalía Nacional Económica pidió a la Corte Suprema mantener sentencia por colusión de suero fisiológico
Miércoles 9 de septiembre de 2020 08:52
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La Fiscalía Nacional Económica (FNE) pidió a la Corte Suprema que confirme la sentencia dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en enero de este año contra los laboratorios Baxter y Sanderson en el juicio por colusión seguido contra esas empresas.

El TDLC condenó a ambos laboratorios por haber participado en acuerdos anticompetitivos para afectar el resultado de dos licitaciones públicas de suero fisiológico contenido en envase colapsable de 100 ml, producto indispensable para los centros de salud.

En su sentencia, el TDLC acogió íntegramente la acusación formulada en julio del 2017 por la FNE e impuso a cada empresa una multa de $120 millones (200 Unidades Tributarias Anuales, UTA) y la obligación de adoptar programas de cumplimiento.

Ambos laboratorios solicitaron a la Corte Suprema que revocara la sentencia del TDLC, pero Sanderson se desistió de su reclamación y sólo Baxter continuó con su recurso. La FNE se hizo parte en este procedimiento para pedir al máximo tribunal que confirme la sentencia del TDLC en todas sus partes.

Las licitaciones afectadas fueron convocadas por el Hospital Regional de Concepción Guillermo Grant Benavente y por la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast), principales compradores de este medicamento el 2012, año en que ocurrieron los hechos denunciados por la FNE. Ambos procesos de compra totalizaron un poco más de $460 millones.

El contacto entre los gerentes generales de ambas empresas sancionadas quedó al descubierto gracias a la medida de interceptación telefónica y registro de comunicaciones utilizada por la FNE durante el proceso investigativo, la cual reveló que, en algunas llamadas telefónicas, el gerente general y una ejecutiva de Baxter discutían los acuerdos que mantenían con Sanderson.

En su sentencia, el TDLC coincidiendo con la FNE, señaló que "la prueba en autos aporta suficientes elementos de juicio que permiten arribar a la convicción de que las requeridas incurrieron en conductas que infringen el artículo 3° inciso segundo, letra a), del D.L. N° 211".

EVIDENCIAS

El abogado de la FNE, Eduardo Aguilera, manifestó ante la Corte Suprema que Baxter ha intentado desacreditar la prueba clara, directa y concluyente presentada por la fiscalía en el proceso, pero que no son sostenibles las explicaciones alternativas que la empresa ha intentado dar para justificar los contactos.

Entre la evidencia aportada por la FNE en el juicio ante el TDLC, se encuentran, además de interceptaciones telefónicas que dan cuenta de la coordinación entre los gerentes de ambos laboratorios para acordar la participación en licitaciones, el detalle del tráfico de llamadas y de mansajes de textos en los días previos a las licitaciones, correos electrónicos y actas de reuniones de la asociación gremial de laboratorios, entre otros antecedentes.

El fiscal nacional económico, Ricardo Riesco, señaló que "este caso nos recuerda que no es posible normalizar los contactos frecuentes entre altos ejecutivos de empresas competidoras, menos en el marco del desarrollo de procesos licitatorios. También vuelve a mostrarnos lo dañina que es la colusión en licitaciones públicas, sobre todo cuando se trata de bienes esenciales, como son los insumos médicos".

Este caso es la segunda arista de una investigación iniciada en 2012 por la FNE. El primero de ellos terminó a comienzos de este año, cuando la Corte Suprema condenó a los laboratorios Fresenius Kabi Chile y a su filial Sanderson por haber formado y mantenido entre 1999 y 2013 un cartel para afectar licitaciones convocadas por la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast) para adquirir medicamentos inyectables de menor volumen, también conocidos como "ampollas".

En su sentencia, la Corte impuso a Sanderson una multa de 18 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA, equivalentes a US$ 13,5 millones) y de 2.000 UTA (equivalentes a US$ 1,5 millones) a Fresenius Kabi Chile. Además, ratificó la exención de multa para Biosano, que se acogió al programa de delación compensada.

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