Click acá para ir directamente al contenido
PURANOTICIA TV ×
PURANOTICIA TV EN VIVO
Fisco deberá indemnizar a motociclista chocado por vehículo de Carabineros

Fisco deberá indemnizar a motociclista chocado por vehículo de Carabineros

  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

El Juzgado Civil de Santiago señaló que el conductor del furgón policial es responsable de la colisión por no respetar el derecho preferente de paso que tenía el demandante.

Fisco deberá indemnizar a motociclista chocado por vehículo de Carabineros
Viernes 3 de mayo de 2019 13:21
  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

visitas

El Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización de $2.500.000 a un motociclista que fue chocado por una radiopatrulla de Carabineros, en enero del 2016 en la comuna de Huechuraba.

El juez Matías Franulic Gómez estableció la responsabilidad del Estado por los perjuicios causados al demandante tras el actuar negligente del carabinero que conducía el furgón policial Z-6340.

En el fallo, el magistrado acreditó "que el furgón Z-6340 participó en la colisión en que se sustenta la demanda, porque así consta en distintas piezas del expediente del Juzgado de Policía Local".

Además, se estableció que "dicho furgón es propiedad del Fisco" ya que "fue adquirido a través de presupuesto asignado por el Supremo Gobierno a Carabineros de Chile e ingresado al Servicio Policial con fecha 6 de enero del año 2013".

Por otra parte, el documento señala que de acuerdo a las declaraciones del "actor y del conductor de la ambulancia, se establece que el conductor del furgón policial es responsable de la colisión, por no estar atento a las condiciones del tránsito del momento y, más concretamente, por no respetar el derecho preferente de paso que tenía el demandante".

En la misma línea, se argumenta que el Fisco, al ser propietario del vehículo policial, "es solidariamente responsable del pago de la indemnización que se concederá, en conformidad a lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 174 de la Ley N° 18.290".

Por último, se concluyó acoger la demanda, condenando al Fisco a pagar $2.500.000 por concepto de indemnización por daño moral, sin costas.

(Imagen referencial)

PURANOTICIA

Cargar comentarios