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Corte Suprema rechaza recurso de amparo presentado por Hugo Gutiérrez por orden de detención en su contra

Corte Suprema rechaza recurso de amparo presentado por Hugo Gutiérrez por orden de detención en su contra

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La Segunda Sala del tribunal rechazó el recurso de apelación interpuesto por la defensa del exdiputado comunista, que buscaba frenar la orden de detención en su contra.

Corte Suprema rechaza recurso de amparo presentado por Hugo Gutiérrez por orden de detención en su contra
Jueves 6 de mayo de 2021 16:23
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La Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó el rechazo del recurso de amparo interpuesto por el ex-diputado y candidato a constituyente, Hugo Gutiérrez (PC), quien buscaba invalidar la orden de detención en su contra decretada por el Juzgado de Garantía de Iquique, por no presentarse a la audiencia de procedimiento simplificado.

Recordemos que el ex-parlamentario enfrenta el cargo a causa de negarse a un control sanitario, amenazando posteriormente a personal de la Armada que se disponía a insistir en la medida, a la cual se había negado alegando su condición de parlamentario. El hecho devino en reiterados llamados e intentos de notificación del ex-diputado por parte de la fiscalía, a los que rehuyó.

En el fallo, los jueces de la sala manifestaron que "no se encuentra controvertido que, con fecha 29 de abril del año en curso, el Juzgado de Garantía de Iquique despachó un orden de detención en contra de don Hugo Gutiérrez Gálvez, previa solicitud formulada en audiencia por el Ministerio Público, en atención a que estimó que su comparecencia al proceso se vería seriamente retardada" y que el artículo 127 del Código Procesal Penal avalaría la detención de un imputado para ser conducido a su presencia, sin previa citación, cuando de otra manera la comparecencia pudiera verse demorada o dificultada".

Asimismo, el tribunal en su decisión, indicó que la defensa de Gutiérrez no habría expuesto cuales fueron las circunstancias fácticas que impidieron al ex-diputado comparecer ante el llamamiento del tribunal en todas esas ocasiones, por lo que la Corte Suprema se ve imposibilitada de ponderar una posible ilegalidad de la orden emanada por el tribunal.

"De conformidad con lo dispuesto en el articulo 21 de la Carta Fundamental, se confirma la sentencia apelada de 30 de abril del 2021, de la Corte de Apelaciones de Iquique", finaliza el escrito firmado por los jueces de la sala Haroldo Brito, Manuel Valderrama, Leopoldo Llanos y los abogados integrantes Diego Munita y Carolina Coppo.

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