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Corte Suprema explicó por qué juez sancionado por acoso sexual fue trasladado a Porvenir y no removido

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La ministra vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich reveló que no hubo quórum para abrir un cuaderno de remoción.

Corte Suprema explicó por qué juez sancionado por acoso sexual fue trasladado a Porvenir y no removido
Jueves 13 de febrero de 2020 23:12
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La ministra vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, salió aclarar el traslado del juez, Pablo Aceituno Romero, a Porvenir, sancionado por acoso sexual contra una funcionaria judicial, revelando que no hubo quórum para abrir un cuaderno de remoción.

El máximo tribunal del país trasladó al magistrado Aceituno a Porvenir el 6 de febrero, siendo que el 23 de enero fue sancionado por acoso sexual contra una funcionaria judicial, momento en que ejercía como juez titular del Primer Juzgado de Letras de San Fernando.

Esta situación generó varias críticas, por lo que este jueves la vocera de la Suprema tuvo que precisar los alcances de la medida adoptada.

"Se ha estimado necesario hacer algunas precisiones respecto de la resolución adoptada por la Corte Suprema que dispuso trasladar al juez Pablo Aceituno Romero, juez del Juzgado de Letras de San Fernando, al mismo cargo, pero en el Juzgado de Letras y Garantía de Porvenir", dijo al iniciar su intervención.

La ministra enfatizó que es primera vez que la Corte Suprema "adopta una medida de protección como la antes señalada y corresponde reiterar el compromiso que tiene la Corte Suprema de erradicar del Poder Judicial conductas de acoso sexual y que no acepta ninguna forma de violencia de género pues constituye un grave atentado a la dignidad de las personas y es por ello que adoptó una política de igualdad de género y no discriminación".

Sobre los fundamentos que tuvo la Suprema para el traslado, Chevesich detalló que la Corte de Apelaciones de Rancagua, tras el sumario administrativo le impuso al magistrado Aceituno la medida disciplinaria de suspensión por cuatro meses, que es la más alta intensidad que consulta el Código Orgánico de Tribunales.

Luego, agregó, "la Corte decretó como medida de reparación de la ofendida que el Poder Judicial financiara un tratamiento sicológico para recuperar la integridad de esta".

Asimismo, explicó que la Suprema solicitó una medida destinada a dar protección a la ofendida, "pidiendo que se arbitrara lo necesario para que tanto ella como el denunciado no trabajaran en la misma unidad judicial".

De esta forma, prosiguió, la Suprema confirmó (el 23 de enero pasado) lo dispuesto por la Corte de Rancagua, "con declaración de que era la Corporación Administrativa del Poder Judicial, a través de los profesionales pertinentes, la que prestara la reparación requerida y le prestara la ayuda a la víctima para someterla a un tratamiento psicológico".

Chevesich, puntualizó que en esta audiencia no se obtuvo el quórum necesario para abrir un cuaderno que estudiara la posible remoción del juez.

"Efectivamente, de 18 ministros, solo cinco estuvieron por aquello", afirmó.

Sobre este punto, comentó que tres jueces estuvieron por rebajar la medida disciplinaria a dos meses de suspensión; uno en orden a no imponer la medida de protección, y dos estuvieron por revocar y absolver al juez investigado de los cargos formulados en su contra.

Asimismo, finalmente aclaró "que el concurso para proveer dicho cargo (en Porvenir) se encontraba vigente desde el 4 de octubre de año pasado y el magistrado se había opuesto".

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