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Condenan al hospital San Juan de Dios a pagar millonaria indemnización por muerte de paciente

Condenan al hospital San Juan de Dios a pagar millonaria indemnización por muerte de paciente

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El dinero deberá ser pagado a los hermanos de un paciente que murió por el mal procedimiento de instalación de catéter para alimentación parenteral, en febrero de 2016.

Condenan al hospital San Juan de Dios a pagar millonaria indemnización por muerte de paciente
Viernes 31 de enero de 2020 22:49
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El Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago condenó al hospital San Juan de Dios a pagar una indemnización total de $200 millones a los hermanos de paciente que murió por el mal procedimiento de instalación de catéter para alimentación parenteral, en febrero de 2016.

En el fallo, la magistrada Rocío Pérez Gamboa estableció la responsabilidad por falta de servicio del centro asistencial, al disponer que el procedimiento lo realizara un médico sin las competencias ni experiencias necesarias.

"Que en efecto, la prudencia aconseja que todo paciente que ingresa en estado grave como se consignó en la ficha clínica acompañada a la carpeta electrónica, debe ser atendido por un médico calificado y experimentado, con sus capacidades totalmente comprobadas en base a los requerimientos que exige la ley, más no por un médico sin acreditación legal, y que incluso nunca había realizado un procedimiento de esta clase ", consigna el fallo.

En la resolución se detalla que el sumario administrativo constató que en el procedimiento de instalación de catéter intravenoso, se utilizó un bisturí romo para efectuar la incisión en la paciente, el cual según los propios testigos médicos, no era el adecuado.

"En este caso, la prudencia aconsejaba la utilización del bisturí correcto a fin de evitar una incisión más profunda que provocara un sangrado mayor, máxime si de los antecedentes médicos previos de la paciente, esta podría tener problemas de coagulación por la severa desnutrición que tenía, antecedentes todos que debían ser considerados por un profesional médico diligente", añade.

En el fallo, se hace hincapié además de que "la falta de servicio también aparece patente por el hecho que las autoridades del hospital, encargadas de la organización y funcionamiento de dicha entidad, actuaron bajo los estándares de administración, permitiendo una pasantía en forma irregular de un médico sin la acreditación práctica correspondiente, y sin las competencias y experiencias necesarias para haber practicado el procedimiento en cuestión".

Asimismo, remarca que "el hospital no contara con el instrumental médico idóneo para llevar a efecto el procedimiento de instalación de catéter (CVC) como fue reconocido por todos los médicos del Hospital San Juan de Dios, no lo releva ni exime de su responsabilidad por los daños que puedan ocasionarse a los pacientes, pues estos no tienen la obligación de soportar dicha carga, máxime si se trataba de una situación de emergencia médica en una paciente cuyos graves síntomas eran conocidos, lo cual hacia aconsejable haber extremado el nivel de diligencia y cuidado que el caso ameritaba".

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