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Corte anula sobreseimiento de causa en contra del “pastor” Soto

Corte anula sobreseimiento de causa en contra del “pastor” Soto

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El tribunal consideró que en los delitos de acción privada, como es el caso de la injuria, se debe considerar si la víctima considera satisfactorias las explicaciones entregadas por el imputado

Corte anula sobreseimiento de causa en contra del “pastor” Soto
Lunes 19 de octubre de 2015 17:14
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La Corte de Apelaciones de Santiago revocó el sobreseimiento definitivo dictado por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago en la causa por el delito de injurias, iniciada por la presentación de una querella del dirigente del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) Rolando Jiménez en contra del predicador cristiano Carlos Javier Soto Chacón.

En fallo unánime la Undécima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mario Gómez, Alejandro Rivera y la abogado (i) Claudia Chaimovoich– acogió el recurso elevado en contra de la decisión adoptada por el juez Ponciano Sallés que, el 29 de septiembre pasado, decretó el sobreseimiento de la causa.

La corte consideró que en los delitos de acción privada, como es el caso de la injuria, se debe considerar si la víctima considera satisfactorias las explicaciones entregadas por el imputado, antes de proceder al sobreseimiento del proceso.

"Ahora bien tratándose la presente causa de un delito de acción privada en la cual el legislador ha entregado a las partes la actividad procesal, prescindiendo de la labor del Ministerio Público, deben éstas ponderar la satisfacción de las explicaciones que se puedan verter en audiencia. De esta manera, es al ofendido a quien corresponde calificar como satisfactorias las excusas dadas por el querellado en la audiencia respectiva, lo que no ocurrió en la especie" dice el dictamen.

"Estoy tranquilo con esta determinación, pues revierte un fallo que resultó tan dañino para mi dignidad como los propios hostigamientos de Soto. Hoy hubo un alivio respecto a la impotencia y dolor que genera la impunidad con actúan ciertas personas por razones homófobas. Esperamos ahora que este sujeto, que acosa, calumnia y discrimina a sólo por tener una orientación sexual homosexual sea sancionado", indicó Jiménez al conocer esta decisión del tribunal.

Por su parte, el abogado del Movilh, Jaime Silva, calificó el fallo de Sallés como "aberrante", destacando que "hoy hemos dado un paso más hacia la justicia".

Silva recordó que el juez Sallés habría sobreseído a Soto "sin permitir que se mostrara ninguna prueba sobre acosos a Jiménez, a quien trata de pedófilo, abusador de niños y Hitler".

El abogado enfatizó que "Sallés dio por verdadera la versión de Soto respecto a que Soto no ofende a Jiménez por su orientación sexual, cuando hay decenas de videos que muestran lo contrario".

"Además es falso que Soto ataque a Jiménez por razones políticas, como lo dijo Sallés. Lo ataca en términos personales, sólo por ser homosexual", sostuvo el abogado.

Javier Soto lidera una organización denominada Iglesia Misionera Pentecostés Ríos de Agua Viva, con sede en Viña del Mar, pero la Mesa Ampliada de Iglesias Evangélicas desconoce su calidad de pastor y ha reprochado sus actuaciones públicas.

Soto, que predica habitualmente en la Plaza de la Constitución y en las afueras del Congreso en Valparaíso, tiene prohibida la entrada a la sede legislativa luego de que ingresara a una sesión de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados cuando se aprobó en general el proyecto sobre Acuerdo de Vida en Pareja y tuvo un forcejeo con el presidente de Renovación Nacional (RN) Cristián Monckeberg, en diciembre de 2014.

El Movilh presentó hace diez meses una denuncia contra el predicador acusando que ha increpado en forma persistente a su dirigente Rolando Jiménez, persiguiéndolo en eventos públicos y hasta la sede del movimiento. Tras la determinación de la Corte, Soto deberá enfrentar ahora un juicio por sus acciones.

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Pn/ci
AGENCIA UNO 

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