Se cae proyecto Mall Plaza Barón: Ministerio del Medio Ambiente solicita evaluación

Resolución impide que Municipalidad de Valparaíso otorgue permiso de obras.

Lunes 7 de mayo de 2012 a las 22:19 horas

Regiones

Por Juan Manuel Ugalde R.

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Un duro traspié sufrió el cuestionado proyecto del Mall Plaza Barón, luego que el Ministerio del Medio Ambiente, a través de la directora regional del Servicio de Evaluación Ambiental, respondiera a los propietarios de Plaza Valparaíso S.A la necesidad de someter al proyecto a la evaluación obligatoria de impacto ambiental del proyecto (SEIA), situación que echa por tierra el proyecto en los plazos y términos en que estaba concebido.

 

Puranoticia.cl tuvo acceso exclusivo a la consulta realizada por la empresa Plaza Valparaíso, efectuada el pasado 20 de enero de 2012, a través de Alejandro González O' Ryan, donde se solicitaba la pertinencia, es decir si era necesario o no una evealuación ambiental sobre la construcción del Mall en Barón.

 

En su punto 3, el escrito solicita descartar que el proyecto sea evaluado ambiental, al aducir que el proyecto no enmarcaría dentro de las tipologías del arítculo 10 de las Ley 19300, ni en el artículo 37 del D.F.L 1719.704 del Ministerio del Interior, ni en el artìculo 3º del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 

 

RESPUESTA NEGATIVA

 

La solicitud de Plaza Valparaíso S.A tuvo respuesta el 8 de febrero, en carta oficial Nº74, firmada por Magdalena Prieto Pradenas, directora regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso, dirigida al propio Alejandro González O'Ryan, a la cual también tuvo acceso este medio.

 

En su parte resolutiva, punto número 4, la directora Prieto responde negativamente a la petición de emplazamiento del Mall Plaza Barón sin ser sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, al señalar: " Por lo tanto, de acuerdo a lo señalado precedentemente, considerando lo instruido mediante Ord. Nº 103050 del 23 de septiembre de 2010 de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, 'Instructivo sobre consultas de pertinencia de ingreso de proyectos o actividades del SEIA'  y los antecedentes por Ud. entregados, su proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, puesto que ejecuta obras de reparación, rehabilitación y apertura al uso público de la bodega Simón Bolívar, declarada inmueble de conservación histórica, y por ello, reúne los requisitos contemplado en el artículo 10, literal p) de la Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente".

 

Así sólo resta conocer el tipo de evaluación, es decir una declaración o un estudio de impacto ambiental para determinar el plazo que demorará el trámite, que puede ir de un año a más de dos años, pues contemplaría incluso una consulta ciudadana.

 

PERMISO DE OBRAS

 

Esta situación corre en una vereda paralela al juicio que mantiene por la venta de los terrenos por parte de la Empresa Portuaria de Valparaíso a Mall Plaza, a un valor menor del que fue comprado, donde es querellante Carlos Manterola Carson, viceepresidente de la Asociación Nacional de Naves de Chile.

 

Consultado sobre el impacto de este dictamen, Manterola señaló que con esta resolución se paraliza cualquier solicitud de permiso de obras por parte de la Municipalidad de Valparaíso.

 

"El informe de la autoridad ambiental sobre la pertinencia de ingreso del proyecto del Mall Barón al sistema ambiental es categórico, lo que significa que la Municipalidad no puede otorgar el permiso de obra, mientras este proyecto no cuente con la declaración o estudio ambiental , no obstante lo anterior hemos solicitado a la Contraloría que dicho proyecto por la características debe ingresar como estudio ambiental y no declaración, similar requerimiento vamos a realizar ante la directora del SEA, de modo que esta obra no dañe el patrimonio cultural que una parte del proyecto interviene", indicó el dirigente.

 

"Esto significa -añadió- que el Mall no puede empezar a  construirse en al menos 2 años más, que en la práctica implica que el proyecto se cae en los términos en que estaba concebido, pues recordemos que se había planteado instalar la primera piedra en el mes de abril. Esto es al margen de los temas judiciales y civiles en curso que bien pueden frenar definitivamente la obra".

 

PELIGRO DE TSUNAMI


"No obstante lo anterior, ahora hay un nuevo elemento a considerar en el proyecto, como son las cartas de inundación del Shoa, las cuales claramente dan cuenta que en el Muelle Barón y sus entorno son sujetos de inundación por los efectos de un eventual tsunami y por lo mismo las autoridades deben tomar en consideración este advertencia efectuada por una repartición de la armada y cuyo principal rol es confeccionar estas cartas", precisó el querellante.  

 

En ese punto señaló que es oportuno  tomar en consideración las opiniones dadas por el profesor experto de la UNAB, Alfonso Campusano sobre los riesgos de construir en terrenos zonificados por el Shoa como zonas de inundación a consecuencia de un tsunami y por cierto que son restringidas y no pueden haber permisos de construcción en dicho puntos a menos que las consideraciones de riesgo sean minimizadas y el riesgo desaparezca. 

 

"Hoy cuando se formalizan a funcionarios públicos por sus eventuales responsabilidades por la desgracia provocada  por el tsunami, al  no advertir a la población o al menos alertarla para evitar daños , es muy clara  la responsabilidad de los diversos funcionarios públicos que autorizan y permiten  las construcciones de distintas edificaciones en zonas afectas de inundación por un tsunami y muy especialmente a inversiones de alta conglomeración de público , como es el caso del Mall Muelle Barón", afirmó. 

 

"Es decir al existir la información sobre las zonas inundables y las autoridades igual otorgan permisos de construcción, entonces asumen en consecuencia su responsabilidad por dichos actos", recalcó.

 

ESTUDIO AMBIENTAL

 

Coincidente con lo anterior, el asesor ambiental, Salvador Donghi señaló que es necesario considera que la Ley 19.300 de Bases General de Medio Ambiente no considera los riesgos de marejadas, tormentas, terremotos y tsunamis a los que están sometidos los emplazamientos en el borde costero para determinar la pertinencia de presentar un Estudio de Impacto Ambiental al SEIA, "la única posibilidad de evaluación de este tipo de riesgos será a través de la línea de base de manera de evitar una tragedia de proporciones producto de emplazar un edificio de alta concentración de público en una zona declarada por la autoridad competente en la materia como zona de inundación por tsunami", indicó.

 

pn/jmu

 

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